Es común enterarnos que cuando una persona muere empiezan los conflictos familiares a causa de la repartición de bienes, sin embargo muchas veces ni siquiera se llega a un acuerdo o no terminan conformes con lo que le toca a cada quien, dando origen a problemas aún más grandes e incluso a la división familiar. De ahí radica la importancia de evitar este tipo de situaciones, podemos prevenirlas haciendo nuestro propio testamento.
¿Qué es el testamento?
Es el acto jurídico por el cual un individuo manifiesta libremente su voluntad para designar sus bienes a una o varias personas para después de su muerte, estos pueden ser casas, terrenos, joyas, automóviles, obras de arte, entre otros.
Al que elabora el testamento se le conoce como testador y el Código Civil establece los estados de la República Mexicana en donde se puede testar a los 14, 16 y 18 años. Otra figura importante de este documento es el albacea, quien es estipulado por el testador y si no se designa, los herederos lo eligen por mayoría de votos.
El albacea es el representante de la sucesión, el ejecutor y defensor del testamento según sea necesario. El Código Civil señala que no pueden ejercer de albaceas los magistrados y jueces que estén en jurisdicción en el lugar en el que se abre la sucesión, los condenados por delitos contra la propiedad, los que no tengan un modo honesto de vivir y quienes hayan sido removidos en otra ocasión por sentencia del cargo de albacea.
¿Cuál es la función del testamento?
El testamento se encarga de garantizar que se cumpla la voluntad de la persona que ha fallecido, por ello se indica quién será el propietario de los bienes existentes o de qué forma deben de utilizarse. Los herederos pueden ser familiares o no del testador, y sólo se pierde la capacidad de heredar en caso de que el heredero no esté concebido al tiempo de la muerte del testador o haya cometido un delito en contra de este.
Tipos de testamentos
Existen dos tipos de testamento los ordinarios y especiales. Los primeros son los siguientes:
- Público Abierto: Es aquel que se otorga ante el notario público y testigos.
- Público Cerrado: En cada hoja escribe el testador u otra persona a su petición, debe estar en un sobre cerrado con las firmas del testador, testigos y el notario junto con su sello.
- Simplificado: Se realiza en la misma escritura de adquisición de un inmueble destinado a la vivienda en donde el propietario indica quienes ocuparan el papel de herederos.
- Ológrafo: Contiene la escritura del testador en puño y letra y se deposita en el archivo de notarías para su respectiva validez.
Ahora veamos cuales son los testamentos especiales:
- Privado: Es posible realizarlo en casos graves o de enfermedad violenta, cuando no se pueda hacer de algún otro tipo o acudir ante el notario. Si el testador recupera su salud o desaparece el peligro en el que se encuentra, el testamento tendrá invalidez.
- Militar: Se trata del que pueden realizar los militares en el momento de entrar en guerra o al sufrir heridas, declaran su voluntad frente a testigos o entregan un documento cerrado que la contiene junto a su firma de puño y letra.
- Marítimo: Se diseña para los que se encuentran en altamar, a bordo de navíos de la Marina Nacional, lo escriben ante dos testigos y el capitán.
- Hecho en País Extranjero: Es establecido ante autoridades mexicanas o extranjeras pero fuera del territorio nacional.
- Agrario: El ejidatario estipula en una lista quien ocupará la tenencia de la tierra, cuando este fallezca, tiene que ser inscrito en el Registro Agrario Nacional.
¿Cómo otorgar mi testamento?
El testamento se realiza ante el notario público que es el funcionario que hace constar la existencia real de este acto jurídico y es el que redacta por escrito las cláusulas del documento, sujetándose estrictamente a la voluntad del testador para posteriormente leerlas en voz alta. Si está conforme con lo que se ha leído se prosigue con las firmas tanto de él como del notario y los testigos, indicando el lugar, fecha y hora en que se otorga.
Una vez hecho esto, el testador recibirá una copia certificada del testamento y el notario público enviará todos los datos del trámite al Archivo General de Notarías de la alcaldia o municipio correspondiente con el objetivo de que se efectúe legalmente tu última voluntad antes de fallecer.
Cabe resaltar que el notario que intervenga en cualquier testamento debe conocer al testador o cerciorarse de su identidad, y de que está en su cabal juicio y libre de cualquier coacción.
¿En qué me beneficia hacer mi testamento?
Debido a que el futuro es incierto, es ideal que te prevengas definiendo que personas seran herederas de tu patrimonio y además obtendrás las siguientes ventajas:
- Cumplimiento de tu última voluntad: Se respeta lo que tú decides en vida y no dejas lugar a que haya personas que se aprovechen de lo que dejaste, sino más bien que las disfruten los que realmente quieres.
- No dejas problemas a tus seres queridos: Al dejar en claro que parte recibirá cada familiar o amigo tuyo, no tendrán la necesidad de hacer acuerdos entre ellos y lo mejor es que de esta forma se evitan problemas como peleas o pérdidas de tiempo y dinero en juicios.
- El testamento es confidencial: Nadie puede exigirte ver este valioso documento, al ser secreto te libras de dar explicaciones o de tener la necesidad de quedar bien con alguien.
¿Cuándo hacer mi testamento?
Lo mejor es adoptar una cultura de prevención por lo que sería idóneo que lo hicieras desde ahora, siempre y cuando cumplas con el requisito de la edad que la ley establece. Por ejemplo, en el Estado de México y en Ciudad de México se puede testar a partir de los 16 años.
Cuando vayas a hacer tu testamento no es necesario que realices una lista de los bienes que tienes hasta esa fecha, ni que exhibas las escrituras de tus propiedades, únicamente debes manifestar al notario quiénes serán tus herederos.
¿Qué pasa si no lo hago y fallezco?
Cuando una persona muere y no deja testamento se le conoce como intestada, entonces se inicia un juicio sucesorio intestamentario en donde se convoca a posibles herederos y se eligen siguiendo una orden de parentesco. También se designa un albacea y se realiza un inventario y avalúo de los bienes para llegar a un acuerdo y resolución sobre la distribución.
¿Cuándo es el mes del testamento?
En México el mes del testamento tiene lugar en el mes de Septiembre, esto se creó para dar difusión a su importancia y beneficios. Se promueve la educación en este tema a los habitantes y además ofrecen descuentos hasta del 50% para su respectiva elaboración.
Si llegaste al final de este artículo te habrás percatado de que te conviene en gran manera hacer tu testamento. En Bayport nos interesa que te prevengas y planifiques desde hoy para evitar problemas en el futuro.